domingo, 11 de diciembre de 2011

CAPITÁN DE INFANTERÍA DE MARINA VICENTE TRIGO SANDOMINGO (y II)




El Sr.Trigo no participó de forma activa en los combates desarrollados en Castillo de Lecubin, se inhibió, así lo manifiesta en sus declaraciones, incluso deriva la responsabilidad de la dirección a otro oficial a su cargo.Varios testigos presenciales también lo confirman.

La realidad es que la posición fue tomada en un primer ataque por las fuerzas sublevadas a pesar de contar con menor número de efectivos que los republicanos que la defendían, pruebas son de ello las declaraciones del propio Sr.Trigo, los testigos y la "reconquista" de la posición días más tarde sin apenas esfuerzo militar.

Cuando hablo de Castillo de Lecubin me refiero a la población jienense del mismo nombre en cuyas inmediaciones tuvieron lugar los combates.

La fiscalía, a la vista del informe del Juez Instructor y a pesar de las numerosas pruebas presentadas por la defensa, tanto testificales como documentales, pide para el procesado una pena máxima de muerte y mínima de prisión perpetua, como consecuencia de la imputación de un delito de adhesión a la rebelión.

Constituido el Consejo de Guerra se considera probada dicha adhesión aplicándose atenuantes y dictándose una condena de prisión perpetua.

Como consecuencia de la existencia de irregularidades en los trámites judiciales la defensa solicita la anulación de todas las diligencias practicadas a partir del folio 37 del sumario, solicitud que le es concedida por el Tribunal Militar, revisándose nuevamente el proceso con la asistencia de un nuevo abogado defensor nombrado por el Sr.Trigo.

Se aportan por la defensa nuevas pruebas, testimonios e informes encaminados a demostrar contundentemente el colaboracionismo del Sr.Trigo con las tropas franquistas  entre otras un croquis del planteamiento ordenado de la estrategia a seguir y distribución de las fuerzas para la defensa de la posición de Castillo de Lecubin, en el que igualmente figuran numerosas modificaciones efectuadas por la jefatura de las compañías republicanas, por él, contraviniendo las órdenes directas del general García Monje al mando del operativo, y que traen como consecuencia la pérdida inicial de la posición además de  contradecir lo expresado por el Sr.Trigo en el parte dado por él a sus mandos :


Se presenta igualmente escrito certificando un asalto al domicilio del Sr.Trigo en diciembre de 1936, ordenado por el Comité Provincial de la CNT,  certificado que valida la Falange previo pago de 2 pesetas en concepto de derechos:


Siguen nuevas declaraciones de testigos reiterando la condición de traidor al ejército republicano del Sr.Trigo  y la por el pretendida persecución a manos de la izquierda.

Se dicta nueva sentencia conmutando la pena de prisión perpetua por la de diez años y un día de reclusión a la que se descuentan 23 días correspondiente al tiempo que permaneció en prisión preventiva. Pena que es igualmente recurrida ante la Comisión de Examen de Penas del Departamento Marítimo de Cartagena en febrero de 1940 con resultado favorable al Sr.Trigo, que ve nuevamente reducida su condena de 10 años y un día a la pena de seis años y un día de prisión militar, reducción que se soporta según la Comisión en lo siguiente :



Aquí no acaba la historia, en 1941 y a la vista de nuevas declaraciones, aporte de documentos, y declaración jurada del reo, relatando una vez más, su lealtad al franquismo y sus encomiables servicios prestados a la causa nacional, el Sr.Trigo consigue la libertad condicional no volviendo nunca a prisión y reintegrandose de pleno derecho a una vida normal.

Hay que reconocer que tanto la pena de prisión perpetua que dicta la primera sentencia, la condonación de esta a 10 años y un día, su revisión a 6 y un día , su libertad provisional en noviembre de 1941 y su liberación definitiva en 1945 son hechos producto de la "injusticia", al Sr.Trigo se le debería haber concedido una condecoración acompañada del ascenso a Coronel, que menos para un militar traidor a la República.

La historia nos hizo saber que "Roma no paga traidores", el franquismo si, aunque en el caso del Sr.Trigo fuese un poco tacaño.

Es una pena que los compañeros republicanos de presidio del Sr.Trigo, durante los escasos dos años y medio que estuvo preso, no tuviesen acceso al sumario y a sus declaraciones. Una pena. Seguro que allí se invistió de su falso e incondicional fervor por la República

Y todavía este señor se permite en los años 80 reclamar ante los tribunales la anulación de su sentencia basándose en un "error técnico", reclamación que finalmente puede hacer gracias al régimen de libertades que se instaló en España, libertades a las que el Sr.Trigo contribuyó en 1936 a que desaparecieran,  y una vez muerto y enterrado su admirado caudillo exige una reparación moral, esta vez, menos mal, no consiguió doblegar a los tribunales. Me pregunto si este señor en algún momento de su vida tuvo conocimiento de lo que significa la moral, la ética y el honor, me temo que estas palabras y lo que quieren significar no figuraron nunca en su ideario.



Benito Sacaluga