Tras la sublevación contra el Gobierno de la República (18/07/1936) la mayoría de Oficiales del Cuerpo General de la Armada se adhirieron a la rebelión, aquellos que quedaron en zona republicana que no pudieron pasarse al enemigo, fueron detenidos y procesados, otros fueron ajusticiados a bordo de los buques en los que estaban embarcados.
Se hizo necesario para la Flota republicana acudir a los Capitanes y Oficiales de la Marina Mercante, muchos de ellos se enrolaron voluntariamente en la Flota gubernamental.
Se trataba de marinos civiles prestando servicio en buques de guerra, una situación que debía reconocerse oficialmente y actualizarse, tanto desde el punto de vista formal como práctico, a tal efecto y a proposición del Ministerio de Marina, el 13 de marzo de 1937 se emite un Decreto regulando la presencia de estos marinos civiles en la Marina de Guerra.
El citado Decreto reconocía la colaboración leal y valiosa que estos marinos civiles venían prestando en la Flota, y establecía las normas relativas a las que habían de ajustarse los mismos, así como fijaba los derechos a que eran acreedores.
En adelante, los Capitanes y Oficiales de la Marina Mercante que prestaban servicio en los buques de la Flota, y en los barcos, armados o sin armar, al servicio directo de ésta, tenían derecho al ingreso inmediato en la Reserva Naval, con las mismas categorías que tuviesen en la Marina Mercante.
Igualmente se les otorgaban los mismos derechos, deberes y prerrogativas que los Jefes y Oficiales de la Flota a los que se hallasen asimilados.
Se estableció que este colectivo usase el mismo uniforme de la Marina Mercante, con los galones correspondientes a la respectiva categoría, y sobre ellos, a la distancia reglamentaria, dos anclas cruzadas con una corona mural en la parte superior.
Se aprobó que, una vez acabada la guerra, estos marinos civiles ocuparían, por orden de antigüedad en la Armada, cuantas plazas o destinos vacantes en la Administración del Estado debieran ser cubiertos con Marinos mercantes y tendrían, además, preferencia absoluta para cubrir los destinos de cualquier clase relacionados con la vida marítima comercial del país que hubieran de proveerse por concurso.
A partir de la fecha de emisión del Decreto, aquellos marinos civiles que quisieran incorporarse a la Reserva Naval, tendrían que estar en posesión del título de Capitán de la Marina Mercante con más de tres años de antigüedad.
Fueron muchos los capitanes y oficiales de la Marina Mercante los que se incorporaron a la Flota, ocupando diversos puestos entre las escalas de mando de los buques. Muchos de ellos perdieron la vida a bordo de sus buques (de superficie y submarinos), otros desaparecieron para siempre en el mar. Desgraciadamente la República perdió la guerra contra los militares facciosos, y los derechos adquiridos por estos marinos se desvanecieron, es más, todos ellos sufrieron las consecuencias de la represión franquista, viendo sus vidas arruinadas, muchos de ellos, por no decir todos, sin más opción que partir hacia un exilio incierto.
Es lamentable que, a pesar de las numerosas publicaciones editadas sobre la Guerra de España, estos marinos hayan pasado prácticamente desapercibidos, olvidados, y sin que, después de 88 años, se haya llevado a cabo ningún reconocimiento público por su lealtad a la República y la defensa de la libertad de todos los españoles.
Desde las páginas de este Blog se ha hecho mención a algunos de ellos, mi propósito es poder darles cabida a todos, para ello me sería de gran ayuda el contacto con sus familiares y desde aquí les hago el llamamiento.
Benito Sacaluga
Fuente consultada:
- Gaceta de la República del 14 de enero de 1937