sábado, 6 de noviembre de 2010

1.944




Treinta y cinco años después la toma de España por el ejercito franquista, el régimen dictatorial instalado en el poder  aún tenia en sus listas negras el apellido Sacaluga, no contentos con el asesinato de Benito Sacaluga Rodriguez impidieron cualquier intento de que su familia tuviese acceso a la Marina o a cualquier cuerpo de los tres ejércitos.

En 1944 mi padre, Benito Sacaluga Jiménez (1923 - 2010) con 19 años de edad, terminados los estudios de bachillerato,solicitó la admisión a los exámenes convocados en Julio de 1944 para el ingreso en la Escuela de Máquinas de la Armada en  El Ferrol, ubicada en el Cantón de Molins, con el objeto de seguir los estudios convocados para la obtención del cargo de Teniente del Cuerpo de Máquinas de la Armada.

Los requisitos exigidos eran similares a los de la Escuela Naval Militar pero con importantes excepciones: No se pedía Examen de Estado, ni otro certificado de estudios y la carrera duraba 7 años.

De todos los presentados a la convocatoria  se admitieron 87 solicitudes para el examen de ingreso, examen que solo superaron 12.

Entre los no admitidos a realizar las pruebas de ingreso en la Academia estaban Rafael Goicoechea Morales (Nº 1 de los Mecánicos Segundos de la 1ª Promoción de Suboficiales graduados el 31 de marzo de 1941) y Benito Sacaluga Jiménez (hijo del que fue Jefe de Máquinas del Acorazado Jaime I en 1936 y Director de la Escuela Naval Popular en el 38, Comandante Maquinista Benito Sacaluga Rodriguez, posteriormente ascendido a Teniente Coronel Maquinista y nombrado Inspector de la Escuadra de la República y de Antonia Jiménez Arjona)*

* Extractado del libro "La Escuela de Máquinas del Cantón de Molins (Crónica de 1939 a 1982) de  Manuel Sánchez-Moraleda y López.

La muerte de mi Abuelo destrozó literalmente a su familia, la disgregó geográficamente en busca de oportunidades, huyendo del miedo, Madrid, Ferrol, Daimiel, La Coruña, Tenerife, Casablanca, Paris, California, Filadelfia, Los Ángeles............, los nietos prácticamente no nos conocemos, el tiempo, la distancia y la dureza de aquellos años 50 hicieron realidad lo nunca deseado.

¿Como olvidar la herida que aún sangra? Solo la puede olvidar quien la provoca, nunca el que la mantiene abierta. No fue solo un periodo de tres años, siguieron agrandando la herida decenas de años. Ya la tenemos instalada en nuestro organismo como un extraño gen, como un cristalino laberinto de recuerdos.

¿Como olvidar si no se repara la aniquilada memoria de los muertos , de sus padres, de sus hijos, de sus generaciones posteriores?

Hemos derramado en silencio demasiadas lágrimas viendo sufrir a nuestros padres, viendo como su vida transcurría ensombrecida por los terribles recuerdos.

¿Como olvidar?

El estado español tiene la obligación de restituir la dignidad a los asesinados..... y la tiene que sustraer de la de los asesinos.

No estamos solos.


En relación con los derechos de las víctimas, consideradas como sujetos de derecho y tal y como se desprende de los trabajos del Relator mencionado de las Naciones Unidas sobre impunidad en derechos civiles y políticos, Sr. Louis Joinet, es deber de los Estados garantizar de conformidad con la resolución 1996/119 de la Subcomisión:

La impunidad.


Se define como "la inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones de los derechos humanos, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas".

El derecho a saber.


El derecho a saber, "No se trata sólo del derecho individual que toda víctima o sus familiares tienen a saber lo que ocurrió, que es el derecho a la verdad. El derecho a saber es también un derecho colectivo que hunde sus raíces en la historia, para evitar que puedan reproducirse en el futuro las violaciones. Como contrapartida, al Estado le incumbe, el "deber de recordar", a fin de protegerse contra esas tergiversaciones de la historia que llevan por nombre revisionismo y negacionismo; en efecto, el conocimiento por un pueblo de la historia de su opresión forma parte de su patrimonio y debe por ello conservarse. Tales son los principales objetivos del derecho a saber como derecho colectivo".

"El conocimiento por parte de un pueblo de la historia de su opresión forma parte de su patrimonio y, por ello, se debe conservar adoptando medidas adecuadas en aras del deber de recordar que incumbe al Estado. Esas medidas tienen por objeto preservar del olvido la memoria colectiva, entre otras cosas para evitar que surjan tesis revisionistas y negacionistas."

El deber de recordar


"Independientemente de las acciones que puedan entablar ante la justicia, las víctimas, así como sus familias y allegados, tienen derecho a conocer la verdad acerca de las circunstancias en que se cometieron las violaciones y, en caso de fallecimiento o desaparición, acerca de la suerte que corrió la víctima”.

Derecho a la reparación.


Toda violación de un derecho humano da lugar a un derecho de la víctima o sus derechohabientes a obtener reparación, el cual implica el deber del Estado de reparar y el derecho de dirigirse contra el autor.
El ejercicio del derecho a obtener reparación comprende el acceso a los procedimientos internacionales aplicables.

"La prescripción no se aplicará a los delitos graves conforme al derecho internacional que sean por naturaleza imprescriptibles."

El derecho a obtener reparación engloba, por una parte, medidas individuales de reparación relativas al derecho de restitución, indemnización y rehabilitación y, por otra, medidas de alcance general, como medidas de satisfacción y garantías sobre la no repetición. Las medidas encaminadas a hacer efectivo el derecho a la reparación han de incluir la cuestión de la sustracción de bienes y todo daño material, físico y moral.

Ante la necesidad de recuperación de la memoria acerca del contexto histórico en que se produjo la represión franquista y los hechos en que se materializó la misma, esto es, las violaciones graves a los derechos humanos y las libertades, principalmente las represalias y el exterminio contra la población civil, así como de las leyes y costumbres de la guerra en el trato dispensado a los prisioneros de guerra.

Ante la inobservancia del derecho de las víctimas y sus familias a la verdad, a la justicia y a una reparación digna.

Ante los intentos de construcción de tesis revisionistas y negacionistas de la historia, Reafirmando que el conocimiento por un pueblo de la historia de su opresión forma parte de su patrimonio y, por ello, se debe conservar adoptando medidas adecuadas en aras del deber de recordar que incumbe al Estado.

Considerando que la impunidad es en sí y por sí misma una violación de derechos humanos y que con su existencia no sólo se viola un derecho humano, como el derecho a la justicia y a la verdad, sino que ella constituye un atentado a la dignidad humana.

Propuesta ( extractada)


Declarar por Ley la nulidad de todas las acciones legales del régimen franquista, haciendo mención expresa a las Resoluciones de las Naciones Unidas adoptadas por unanimidad por la Asamblea General de la ONU el 9 de febrero de 1946 [Res. 32(I)] y el 12 de diciembre de 1946 [Res. 39(I)], y a su carácter criminal según las normas de derecho internacional.

Fijación de un sistema de resarcimiento económico actualizado, en términos actuariales y que se corresponda con la realidad económica y social española, a todo tipo de víctimas aún vivas, herederos y sus familias, así como adoptar las medidas necesarias para el reconocimiento social y cultural, para lo que se procederá a la localización, catalogación y declaración como patrimonio histórico de los lugares de memoria de la lucha en defensa de la República y de la represión franquista.

Reconstrucción de los mandos de todas las organizaciones franquistas en el interior y el exterior de España, para facilitar el derecho a la verdad y el conocimiento de los perpetradores de los crímenes contra la humanidad.

Legislación de reconocimiento de todos los militares y fuerzas irregulares de origen español que colaboraron con los países aliados en la resistencia contra los países del Eje y contra el régimen franquista, equiparándolos al reconocimiento jurídico, militar y social que se siguió en países como Francia.

Legislación de reconocimiento de todos los militares que sirvieron lealmente a la II República, restableciendo su condición histórica y adecuando sus méritos reglamentarios a todos los efectos.

Declarar la nulidad de todos los juicios penales y militares por arbitrarios e ilegales, adoptando las medidas adecuadas para el resarcimiento proporcional y actualizado de las víctimas, así como la reconstrucción de los archivos penales y judiciales afectados.

Desclasificación y catalogación de todos los archivos diplomáticos, militares y de inteligencia hasta la instauración del régimen democrático.

Se deberán adoptar medidas cautelares para impedir el secuestro, la destrucción, la disimulación o la falsificación de los archivos en que se recogen las violaciones cometidas.
Se deberá facilitar la consulta de los archivos, sobre todo para favorecer la investigación histórica. En principio, las formalidades de autorización tendrán por única finalidad permitir el control de la consulta y no podrán aplicarse con fines de censura".

Firmantes :


·   AFARIIREP - (Asociación de Familiares y Amigos de Represaliados de la II República por el Franquismo), Ana Viéitez Gómez, presidenta.
·   Agrupación Gragero de León, Manuel Osorio, secretario.
·   Amigos de los caídos por la libertad (1939 – 1945), Memoria histórica de la región de Murcia, Floren Dimas Balsalobre, presidente regional.
·   Asociación para la creación del Archivo de la Guerra Civil, las Brigadas Internacionales, los Niños de la Guerra, la Resistencia y el Exilio Español. AGE (Archivo Guerra y Exilio), Dolores Cabra, secretaria general.
·   Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH Argentina), Horacio Ravena, vicepresidente.
·   Asociación de Descendientes del Exilio Español, Ludivina García Arias, presidenta.
·   Asociación Manuel Azaña, Isabelo Herreros, presidente.
·   Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Valladolid, Ricardo Bedera, presidente.
·   Asociación Salamanca por la Memoria y la Justicia, Fermín Sánchez Martín, secretario.
·   Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo - CODEPU (Chile), Víctor Espinoza, Secretario Ejecutivo.
·   Derechos Human Rights, California, USA, Margarita Lacabe, presidenta.
·   Equipo Nizkor, Gregorio D. Dionis, presidente.
·   Foro por la Memoria, José María Pedreño, presidente.
·   Instituto Republicano de Derechos Humanos, Félix Rodríguez Sanz, secretario.
·   Jóvenes por la Memoria Histórica "Amnesia", Javier Moreno y Juan Ignacio Díaz Bidart.
·   Serpaj Europa, Bruselas, Bélgica, Parmenia Camargo, presidenta.



Benito Sacaluga