domingo, 31 de mayo de 2020

EL ESPÍRITU REPUBLICANO DE LA ESCUELA NAVAL POPULAR






El 20 de noviembre de 1937, a pocas semanas de la entrada en funcionamiento de la recién creada Escuela Naval Popular, en el semanario La Armada (Órgano Oficial de los Marinos de la República), se publica un artículo en el que se ponen de manifiesto diversas consideraciones sobre el espíritu republicano de la Escuela, junto con un planteamiento de la necesaria reorganización democrática y estructural de la Armada.


Fotografía actual del Asilo de La Rambla (Cartagena),
donde se ubicó la Escuela Naval Popular tras su
paso por la Escuela y Base de Submarinos

Un mismo molde dará siempre la misma figura


Pronto estará en marcha la Escuela Naval Popular. Esto puede considerarse como la elección del solar en el cual debe levantarse la nueva Marina republicana. Ahora bien, dicha Marina debe ser obra exclusiva de la España republicana, para que siendo un organismo del Estado lo sea del pueblo, esto es, que sea de hecho popular. Debe ser, en suma, una creación de la República, y como creación debe dársele una organización que responda a su carácter militar y democrático. De no dársele nueva organización y empezar a funcionar la Escuela siguiendo los métodos y procedimientos que hasta 1936 tuvo la fenecida Escuela Naval Militar, y después, regirse por la vigente organización de la Armada se obtendrían oficiales cuya “substancia” será republicana, no cabe duda, pero tendrían que seguir el camino trazado por quienes no lo eran y sujetarse a las normas establecidas por los devotos de la más hermética reacción, resultaría a fin de cuentas que siendo los nuevos oficiales de substancia republicana tendrían la misma “figura” de los de “antes”.

La Organización actual de la Armada es una ley aprobada por las Cortes republicanas, estudiada y «propuesta» previamente por comisiones, que se nombraron con tal objeto, de cada uno de los Cuerpos de la Armada que en aquella fecha se denominaban «patentados» y sin intervención de los que formaban los auxiliares llamados entonces «clases subalternas». Cada comisión redactó su proyecto con respecto al Cuerpo a que pertenecía los cuales se discutieron en las sesiones plenarias y se aprobaron por «unanimidad». Sin embargo, nada de lo que apareció en el Decreto primero, y en la Ley después, se parecía en nada a lo discutido y aprobado. La Ley orgánica de la Armada que aprobaron las Cortes fue íntegramente lo propuesto por UN SOLO CUERPO de los que nombraron para su estudio.

Todas las comisiones nombradas, menos una, estaban de acuerdo sobre la creación de una Entidad superior en la que estuvieran representados todos los Cuerpos además de una representación civil y parlamentaría. Esta era la más importante y transcendental BASE que se trataba de establecer por considerarla de perentoria necesidad para la Marina.

Todas las comisiones consideraban de imprescindible necesidad la creación de un organismo que discutiera y tramitara las decisiones ministeriales para impedir sus tradicionales extra limitaciones de las que nunca se podía protestar ni de palabra ni por escrito, pues el Ministro, escudado tras el falso concepto de la disciplina, impedía que los interesados pudieran hacerse oír, tanto de forma particular como colectivamente.

Esta propuesta de los Cuerpos auxiliares de entonces no era, ni mucho menos, una creación patrocinada por ellos, ya que en España se estableció varias veces el Almirantazgo y otras tantas fue deshecho por Ministros a quienes estorbaba para sus manejos. El Almirantazgo inglés fue siempre el modelo adoptado por todas las marinas del mundo por ser una de las instituciones más eficaces para el engrandecimiento de una marina. Dicho Almirantazgo está compuesto por dos lores civiles y dos secretarios también civiles, uno de ellos permanente y otro parlamentario y forman parte de él todos los Jefes de los distintas Cuerpos especiales.

Esta especie de Almirantazgo, denominándolo Junta consultiva, o como mejor le cuadrara o estimaran, era lo que se propuso, en cuya constitución entraran todos los jefes de Sección o de Cuerpo, como también una representación parlamentaria y un financiero político o del Ministerio de Hacienda, la cual debía presidirla el Ministro de Marina al que le serviría, en todos los casos, de asesoramiento. Dicho Ministro y el Subsecretario debían ser siempre civiles.


Ministerio de Marina en 1932

Sobre esta BASE fundamental que se propuso, estando de acuerdo todas las comisiones MENOS UNA, se ha escrito y hablado mucho por autoridades de la Marina, tanto españolas como extranjeras, y entre estas últimas, algunas inglesas con fecha anterior a su implantación en Inglaterra.

En España, dijo el Conde de Salazar: «Uno de los vicios o defectos más substanciales es la falta de estabilidad del régimen gubernativo de la Armada que depende absolutamente de la voluntad o del capricho del Ministro».

El almirante Topete, escribió:

“La Marina no tendrá base segura sin una institución que garantice los derechos y satisfaga las justas aspiraciones de cuantos sirven en la Armada. Institución en la que estén representados los distintos cuerpos y que tiene provechoso ejemplo en Inglaterra, o sea, en la Nación que todo lo fía a sus escuadras y mira el engrandecimiento de su Marina como emblema de su poder en el mundo”.

El almirante Antequera propuso al Gobierno la siguiente disyuntiva:

Vicealmirante Juan B. Antequera Bobadilla
“O un Almirantazgo como en Inglaterra, o una Junta de Jefes de reconocida competencia para aconsejar al ministro, pero que jamás la Marina pueda estar regida por la voluntad de un solo hombre”.

El almirante inglés lord Hamilton, dijo:

“El Almirantazgo es necesario para evitar las deplorables consecuencias de las oligarquías y que el espíritu de cuerpo se manifieste perjudicialmente”.

Lord Brassy escribía:

“La Armada debe ser continuamente vigilada por una activa y cuidadosa intervención parlamentaria”.


Es, pues, una verdadera necesidad nacional la creación de una Junta de Jefes de los distintos Cuerpos, incluso los llamados auxiliares, que sea un dique, cuando haga falta, contra el error, el capricho...etc. de los ministros, siendo preciso que las Cortes la implanten cuanto antes, dándole garantía de estabilidad e independencia. Una vez constituida esta Junta asesora del ministro, puede arrancar de ella la Nueva Organización de la Marina republicana, pues estando en ella representados POR IGUAL todos los Cuerpos y presidida por el Ministerio, ninguno de ellos podrá tener preponderancia sobre los demás. Los servicios y cometidos de cada uno serán, los que se detallen en los respectivos reglamentos orgánicos, y se deberá poner especial cuidado en que ninguno de ellos invada las atribuciones de otro.

Una vez organizada la Marina con bases justas y democráticas de las que se deriven los métodos y procedimientos que el estado actual de España requiere no cabe duda que los oficiales que se formen en la Nueva Escuela, además de ser substancialmente republicanos tendrán siempre la figura de tales.

Artículo firmado por:

BESARO (1)





(1) Seudónimo utilizado por el Teniente Coronel de Máquinas Benito Sacaluga Rodriguez. Promotor de la Escuela. Profesor y Director de la Escuela Naval Popular.


Enlace de interés: La Escuela Naval Popular Única

Nota: Las imágenes no están incluidas en el artículo publicado en La Armada.

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