BOLETIN OFICIAL DE ESTADO (B.O.E) FRANQUISTA DEL 25 DE FEBERO DE 1937. SUPLEMENTO 47´.
SECCIÓN DE MARINA
S.E. el Generalísimo de los Ejércitos nacionales ha dispuesto, de acuerdo con el dictamen de la Junta Superior de la Armada, que queden separados del servicio, sin derecho a retiro, viudedades, pensiones, ni emolumentos de ninguna clase, uso de uniforme, cartera militar y cualquier ventaja que pueda corresponder a los retirados del Ejército y Armada, al personal de la Primera y Segunda Sección del Cuerpo de Maquinistas en activo que a continuación se expresa:
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